1º La administración de justicia está en terapia intensiva, muy grave. El régimen ha decretado la muerte del Derecho como instrumento regulador de la vida nacional. Sólo podremos corregir sus graves deviaciones y recuperar autonomía con la radical conducta del próximo Presidente de la República a ser elegido el próximo 7 de octubre. En esta oportunidad voy a referirme a mi caso personal.
Estoy próximo a cumplir dos años sometido a acoso permanente por parte del régimen. Entre otras cosas sometido a un injusto y arbitrario proceso judicial. 58 días preso en un calabozo ubicado en el Helicoide, sede del SEBIN en Caracas y ya cerca de dos años con prohibición de salida del país.
Fui condenado, en el Tribunal de Juicio, a dos años de prisión, por haber incurrido, supuestamente en el delito de “difusión de información falsa”. Este supuesto nunca fue probado, como tampoco lo fueron los cargos iniciales por “conspiración” e “instigación pública a delinquir”, desestimados. Pero de alguna manera debían mantenerme sub-judice con medidas restrictivas de la libertad personal como es la prohibición de salir del país orden directa del Alto Gobierno al Juez de Juicio.
En mi caso conviene recordar que, en ejercicio de un derecho natural y constitucional, opiné sobre hechos públicos, notorios y comunicacionales, de conocimiento universal y reafirmados con la decisión del juez Eloy Velasco de la Audiencia Nacional de España, cuyos pronunciamientos oficiales fueron consignados en el proceso. Lo que sí quedaron evidenciadas fueron las relaciones del régimen actual con las FARC, el ELN y ETA de España, que tocan hasta actividades del narcotráfico en Venezuela. Antiguas y recientes noticias internacionales ofrecen abundantes detalles sobre el tema. Seguimos exigiendo que las dudas y sospechas existentes, sean definitivamente despejadas.
2º Además de lo anterior, quiero destacar la falta de seriedad y profesionalismo de quienes han dirigido materialmente el proceso. Es increíble la falta de pericia judicial en el manejo de las actas procesales. Por ejemplo:
- Fueron borradas las videograbaciones de las audiencias orales. Con ello se vulneró el principio de la certeza judicial quedando sin respaldo los alegatos de la defensa.
- La falta de firma secretarial y sello tribunalicio de numerosas actas, vulnera la autenticidad de los actos judiciales cumplidos. Actas sin firma de los secretarios y sin el sello del Tribunal, carecen de validez
- Para dejar constancia de estas anomalías, la defensa se vio obligada a fotografiar, con cámara portátil, estas graves desviaciones.
Conviene recordar que estas graves omisiones están tipificadas como causales de destitución de los funcionarios judiciales, conforme al Código de Ética del Juez Venezolano.
3º Finalmente informe que la sentencia condenatoria fue formalmente apelada ante la Corte de Apelaciones, enviándose el expediente a la Sala 4ª para tramitarla. El Acto de Conclusiones se realizó a principios de diciembre pasado. Desde entonces esperamos pacientemente su pronunciamiento. Sin embargo, con el argumento de la rotación de los jueces, los integrantes de la citada Sala fueron sustituidos. Lo actuado, incluidos los señalamientos de las irregularidades señaladas, han quedado sin valor. Los nuevos funcionarios designados deben dictar un nuevo acto de avocamiento y fijar fecha para un nuevo Acto de Conclusiones verbales. Mientras tanto seguimos sin saber a qué atenernos.
Mi caso no es el único, ni el más grave. Pero es un fiel reflejo de la dramática descomposición institucional de la República.
OSWALDO ÁLVAREZ PAZ
No hay comentarios:
Publicar un comentario