Bienvenidos
- Iván Ballesteros
- Caracas, Dtto. Capital, Venezuela
- La participación de los oyentes y las denuncias forman el plato fuerte de PLOMO PAREJO. Conducido por el polémico Iván Ballesteros que se caracteriza por descubrir, analizar y difundir temas que conmocionan el acontecer político a través del contacto con sus protagonistas. Sus secciones ya son todo un éxito: “Plomo y Candela” con Ballesteros y la periodista Patricia Poleo, “Misión Imposible”, "El Jalabolas", "Qué hace Chávez con el dinero de los pobres" han dado mucho de qué hablar.
Frases de dictadura.
Programa Plomo Parejo íntegro del día 03/04/2014
E-mail: plomoparejo@rcr.com.ve
miércoles, 18 de agosto de 2010
¡INAUDITO!
Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández
Lo siguiente es un extracto de una conversación sostenida con un señor Oficial en situación de retiro, quién además es abogado; me dijo lo siguiente:
“Hace unos meses atrás, en este año, visité la Gerencia de Créditos Personales del IPSFA. Me entrevisté con un oficial del Ejército, de esa Gerencia, de apellido…. Se me ocurrió preguntarle si me podía informar sobre el reclamo que teníamos los militares retirados para que nos pagaran la prima de alimentación y más o menos esta fue la respuesta: “Eso no se puede pagar porque la sentencia del TSJ esta violentando la Ley de Alimentación, que en dicha ley no esta incluido ese pago para los militares retirados, que la ley tiene un vacío, que el IPSFA no podía pagar algo que la ley mencionada no contempla y que por tal motivo el IPSFA no podía pedir un crédito ni incluir en su presupuesto el dinero para pagar este reclamo a los retirados y que por lo momentos no se haría, a menos que se modificara la ley.”
El Oficial y abogado le replicó contundentemente.
Sostengo que no se puede asegurar que la respuesta dada por el Oficial funcionario del IPSFA sea la posición de ese Instituto, pero sí se puede presumir que ella está influenciada por alguna o algunas opiniones, dentro del IPSFA, que sostienen esa tesis.
Ahora bien, ante la posición ¿personal o institucional?, sobre lo decidido por el ¡Tribunal Supremo de Justicia!, ¡El Máximo Tribunal de la República!, cabe preguntarse:
1.- ¿Un funcionario, de décima categoría dentro de la administración pública, tiene la potestad de juzgar ¡A LA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL SUPREMO!, y decidir que ella dictó una sentencia violatoria de una ley, dejando traslucir que es una desconocedora de las leyes y presuntamente no capacitada para el cargo?
2.- ¿Acaso es atribución de ese funcionario, o de cualquier instituto, determinar cuando una decisión de un tribunal es correcta o incorrecta?
3.- ¿Acaso la Ley de Alimentación para los Trabajadores es “inviolable” pero sí se puede violar, a diestra y siniestra, nuestra propia Ley de Seguridad Social?
4.- ¿Este Oficial, funcionario del IPSFA, nunca pasará a retiro?, ¿será que está incrementando sus ahorros “desde cadete” y por lo tanto no necesitará ese beneficio de alimentación, que por derecho y por ¡ORDEN DEL TSJ!, corresponde a los militares en situación de retiro y familiares sobrevivientes?
Agosto, 17 de 2010
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