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lunes, 15 de marzo de 2010

El socialismo excluye la disposición de bienes

Román Duque Corredor considera muy grave que a través de un reglamento dictado discrecionalmente por el Ejecutivo se intente modificar la esencia de un derecho constitucional. "Eliminar el derecho de disposición de bienes es una regresión inaceptable, pues implica la imposibilidad de realizar contratos de compraventa,
permuta o donación. Tampoco se podrían obtener rentas, ni otorgar un testamento a favor de un heredero o legatario", precisó el académico.


Una definición de socialismo formalmente suscrita por el presidente Hugo Chávez figura en el reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, publicado en la Gaceta Oficial 39382, del 9 de marzo de 2010. Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, publicado en la Gaceta Oficial 39382, del 9 de marzo de 2010.

"El socialismo es un modo de relaciones sociales de producción centrado en la convivencia solidaria y la satisfacción de las necesidades materiales e intangibles de toda la sociedad, que tiene como base fundamental la recuperación del valor del trabajo como productor de bienes y servicios para satisfacer las necesidades humanas y lograr la suprema felicidad social y el desarrollo humano integral. Para ello es necesario el desarrollo de la propiedad social sobre los factores y medios de producción básicos y estratégicos que permita que todas las familias y los ciudadanos y ciudadanas venezolanos y venezolanas posean, usen y disfruten de su patrimonio o propiedad individual o familiar, y ejerzan el pleno goce de sus derechos económicos, sociales, políticos y culturales".

Tal definición excluye el derecho de disponer de los bienes, como lo establece el artículo 115 de la Constitución.

El presidente de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, Román Duque Corredor, considera muy grave que a través de un reglamento dictado discrecionalmente por el Ejecutivo se intente modificar la esencia de un derecho constitucional.

"Eliminar el derecho de disposición de bienes es una regresión inaceptable, pues implica la imposibilidad de realizar contratos de compraventa, permuta o donación.

Tampoco se podrían obtener rentas, ni otorgar un testamento a favor de un heredero o legatario", precisó el académico.

En el nuevo reglamento el federalismo queda ajustado a "la construcción de la sociedad socialista". La descentralización y la transferencia de competencias están orientadas hacia la "sociedad organizada" y no hacia los estados y municipios. La sociedad organizada sólo da cabida a organizaciones de base registradas ante el ministerio para las comunas y protección social. La planificación es centralizada.

Duque Corredor considera que todas estas definiciones son extrañas a un documento de rango sublegal que no proviene de una discusión plural y suficiente: "Se ha convertido al Consejo Federal de Gobierno en una estructura aplastada por un pensamiento hegemónico, como ocurre en los gobiernos totalitarios".

A través de la reglamentación del Consejo Federal de Gobierno, se impone la reordenación del espacio geográfico en los mismos términos de la llamada "nueva geometría del poder", que formaba parte de la reforma constitucional rechazada el 2 de diciembre de 2007.

Ahora se consagran los ejes estratégicos de desarrollo territorial y las unidades de gestión definidas unilateralmente por el Ejecutivo Nacional: distritos motores de desarrollo, comunas, ejes comunales, zonas de desarrollo, ejes de desarrollo y corredores productivos.

En cuanto a la asignación de recursos, el reglamento indica que se elaborará un baremo con criterios técnicos y políticos. Se precisa que "los criterios políticos contendrán, los requerimientos de compatibilización de los proyectos con los lineamientos de política emanados de la planificación centralizada, así como el acatamiento de las directrices de los planes sectoriales, estadales, municipales y comunales".

Duque Corredor lo resume: "Los gobernadores y alcaldes de oposición no recibirán ni medio".

Sandra Bracho
El Nacional

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