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La participación de los oyentes y las denuncias forman el plato fuerte de PLOMO PAREJO. Conducido por el polémico Iván Ballesteros que se caracteriza por descubrir, analizar y difundir temas que conmocionan el acontecer político a través del contacto con sus protagonistas. Sus secciones ya son todo un éxito: “Plomo y Candela” con Ballesteros y la periodista Patricia Poleo, “Misión Imposible”, "El Jalabolas", "Qué hace Chávez con el dinero de los pobres" han dado mucho de qué hablar.

Frases de dictadura.

Frases de dictadura.
"Cuando el gobierno viola los derechos del pueblo, la insurrección es el más sagrado de los derechos y el más indispensable de los deberes”. Marqués de Lafayette.

Programa Plomo Parejo íntegro del día 03/04/2014

lunes, 11 de enero de 2010

ÉTICA MÉDICA Y HUELGA DE HAMBRE DEL SEÑOR FRANKLIN BRITO.

BARQUISIMETO-UCLA
Saludos Profesores UCLA.

Tengo el agrado de dirigirme a Uds., en la oportunidad de informarles lo siguiente:
ÉTICA MÉDICA Y HUELGA DE HAMBRE DEL SEÑOR FRANKLIN BRITO.
He sentido la necesidad de pronunciarme como médico, y desde el punto de vista ético, en el caso del Señor Franklin Brito, retenido sin su consentimiento informado en el Hospital Militar "Dr. Carlos Arvelo", violando su derecho a la autodeterminación, que junto a los principios de beneficiencia, no maleficencia y confidencialidad son los pilares morales universales del ejercicio de la medicina.
En tal sentido, en el ejercicio de la medicina el cuidado de la salud no debe ser percibido como un fin, sino como un medio para ayudar al paciente. Por tanto es menester aclarar que la medicina reconoce que la vida misma es el gran valor del hombre, pero que dicha vida debe ser vivida con dignidad.
El respeto de la vida y de la dignidad del paciente estan unidos indisolublemente, y no hay formas éticas de separarlas.
Es decir, en la profesión médica todo juicio clínico, es precedido de un juicio ético, que prevalece sobre el primero. Y a su vez, el paciente conscientemente informado tiene derecho a decidir, y el médico a consultarle sobre cualquier acto médico, cuando el primero esta apto para ello.
Es por ello, que el médico debe ser cuidadoso, en el ejercicio de su profesión, de no cometer acciones inhumanas al tratar de preservar o restaurar la salud y la vida del paciente. Es decir, el médico debe respetar la dignidad y los derechos del paciente.
Si bien es cierto, que el artículo 83 de la Carta Magna Venezolana reconoce que “la salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida”, y finaliza señalando que “todas las personas tienen derecho a la protección de la salud", no menos cierto es que la protección de la vida no puede soslayar la dignidad del paciente.
En el caso del Señor Franklin Brito, la Fiscalia General de la República, la Defensoria del Pueblo y el Director del Hospital Militar "Dr Carlos Arvelo", en un encarnecimiento médico-jurídico, utilizan el argumento del derecho a la vida, para retener contra su voluntad, a un paciente, cuyas competencias mentales han sido diagnósticadas favorablemente por médicos de la Cruz Roja Internacional, violando de esta forma, el derecho universal de la autodeterminación del paciente.
Esta consideración moral debe ser reconocida por los médicos tratantes y administrativos del Hospital Militar "Dr. Carlos Arvelo" y por el Estado Venezolano, incluso más alla del hecho jurídico.
Porque sin lugar a dudas, lo moral debe estar por encima de lo legal, y a su vez, toda norma legal debe ser moral o aplicarse moralmente.
En tal sentido, el numeral 8 del Artículo 72 del Código de Deontología Médica, sobre los derechos del enfermo (2.003), expresa que un paciente tiene derecho a “Rehusar determinadas indicaciones diagnósticas o terapéuticas, siempre que se trate de un adulto mentalmente competente", que según entiendo es el caso del Señor Franklin Brito, hasta que no se demuestre lo contrario.
¿O es que acaso que se pretende aplicar al Señor Franklin Brito, sedación y alimentación forzado vía naso-gastrica, tal como se hace con los presos talibanes en la carcel de Guantanamo?. ¿Estan dispuestos los médicos del Hospital Militar "Carlos Arvelo" a agredir a un paciente en tal forma?.
Finalmente les remito citas textuales de un trabajo de investigación que de luces sobre lo que aqui expongo.
Sin más que referir,

Atte

Médico Héctor Allán Núñez Sotelo

MS: 47370

CM: 3996

Consentimiento Informado

El consentimiento informado (la autonomía) es un término nuevo dentro de la Bioética, puesto que no es mencionado originalmente en el Juramento Hipocrático, tal como otros principios bioéticos en medicina. De acuerdo, a la versión de Sánchez (1.999) el término de consentimiento informado comenzó a circular en los Estados Unidos de Norteamérica, en 1957, en un trascendente proceso legal: el "caso Salgo". Relata este autor que como resultado de una ortografía translumbar, Martín Salgo sufrió una parálisis permanente, por lo cual demandó a su médico bajo el cargo de negligencia médica. La Corte que juzgaba el caso encontró que al médico tratante le asistía el deber de revelar al paciente todo aquello que le hubiera permitido dar su consentimiento inteligente antes de realizarle dicho procedimiento médico.

Posteriormente, surgió otro episodio más en el desarrollo de la doctrina jurídica norteamericana del consentimiento informado (la autonomía), el cual se dio en 1969, con el juicio Natarson versus Kline.

Después de una mastectomía, la señora Natarson fue sometida a terapia con cobalto, a consecuencia de la cual sufrió una profunda y extensa quemadura en el hemitórax izquierdo, efecto secundario del tratamiento que no le había sido advertido por su médico. Se trató en todo caso de una situación en la que el médico actuando de buena fe y buscando el beneficio para su paciente, violó la autodeterminación de ésta. Cita Sánchez (1.999), que el magistrado que tuvo a su cargo el proceso se pronunció en palabras que hicieron historia jurídica, y que sentaron las bases para un nuevo enfoque ético del asunto:

El derecho se basa en el supuesto amplísimo de la autodeterminación. De él se sigue que todo el mundo es dueño de su propio organismo, y que por tanto puede, si se halla en sus cabales, oponerse y prohibir expresamente la ejecución de operaciones quirúrgicas o cualquier tratamiento, aun cuando tengan por fin salvarle la vida. Un médico puede creer que una operación o alguna forma de tratamiento pueden ser deseables o necesarias, pero la ley no le permite sustituir con su propio juicio el del paciente mediante ninguna forma de artificio o engaño.

Esta reseña histórica lleva a preguntarse: ¿es la autonomía un principio bioético de la medicina o es un requisito legal del derecho?. Según, Gala (1.999) la autonomía es un “presupuesto de la lex artis y, por lo tanto un acto clínico, cuyo incumplimiento puede generar responsabilidad”. No obstante este punto de vista, el principio de la autonomía es considerada actualmente como un derecho humano primario del paciente, y a la vez como una exigencia ética y legal para el médico.

En tal sentido, el derecho a la autonomía del paciente pasó del campo de lo jurídico al campo de la bioética, y es uno de los máximos aportes que el derecho ha realizado a la medicina.

Entonces, hoy en día se asume que el principio bioético de la autonomía, cuyo aceptación dentro de la bioética médica se da en la década de los años 70, es un nuevo principio bioético en medicina; que unido a los principios bioéticos de la beneficencia, la no maleficencia, la justicia y a la regla de la confidencialidad (secreto médico o profesional), quienes a su vez tienen su origen en el juramento hipocrático, sirven como base de sustentación para la bioética médica.

Por lo tanto, si bien es cierto que en el ejercicio de la medicina lo que derive en beneficio de la salud del individuo es un derecho suyo, y negárselo sería antiético, no por ello se puede obligarse al paciente a aceptar un tratamiento o un procedimiento en contra de su voluntad, aun cuando esto beneficie su salud o salve su vida, por cuanto esto también sería antiético.

Para Araujo (1.995) el consentimiento informado es “el proceso que establece el diálogo entre el médico y el paciente, por el cual el paciente expresa su autodeterminación para recibir atención médica”. Por su parte Arroyo y Avilés (2.000) señalan que el consentimiento informado “es la expresión práctica del principio de autonomía y una de las más importantes reglas que norman el ejercicio moderno de la medicina”. Salvo circunstancias excepcionales que se analizarán después, sólo el paciente es el titular de este personalísimo derecho, y el médico es un respetuoso celador de su cabal cumplimiento.

Entonces, es posible afirmar que el principal objetivo, y tal vez el único del consentimiento informado es el de proteger la autonomía del paciente, es decir, el derecho que le asiste a éste para tomar parte activa, a conciencia y sin coacción en las decisiones de instrumentar u omitir procedimientos diagnósticos/terapéuticos que afecten de manera perceptible o imperceptible; permanente o incluso temporalmente su salud y/o su vida.

Es más el paciente bajo circunstancias especiales puede delegar en terceros dicho derecho. Al respecto, el numeral 8 del Artículo 72 del Código de Deontología Médica (2.003), señala que:

El enfermo tiene derecho a: 8) Rehusar determinadas indicaciones diagnósticas o terapéuticas, siempre que se trate de un adulto mentalmente competente... Si tal decisión pone en peligro la vida del enfermo, debe el médico exigir la presencia de testigos, que den fe de la decisión del mismo y anotar la información pertinente en la correspondiente historia clínica. (p. 34).

En este orden de ideas, el principio moral de autonomía contrasta con el paternalismo médico heredado de la Escuela Hipocrática y del Cristianismo. En efecto, existe actualmente la tendencia ética a desalojar de la relación médico-paciente el sentimiento paternalista que durante siglos acompañó al galeno, y que de seguro ocasionó mucho bien, como también mucho mal.

Es por ello, que en virtud del paternalismo médico promulgado por el Juramento Hipocrático, el paciente dada su condición de enfermo y convaleciente, fue considerado durante muchos siglos como un incompetente mental y, por lo tanto, excluido de las determinaciones y de las decisiones médicas a que hubiera lugar en los procesos diagnósticos o terapéuticos. Ese paternalismo desmedido era dogmático y autoritario. En otros tiempos el dolor fue un valor reivindicado por el cristianismo. Es así como, el moralista Séneca citado por Sánchez (1.999) recomendaba a los médicos de su época: "No desesperes de poder sanar aun a los enfermos antiguos (crónicos), si te mantienes firme contra sus intemperancias y les fuerzas a hacer y soportar muchas cosas contra su voluntad". También, en el marco del IX Congreso Venezolano de Medicina Crítica la doctora D’Empaire (2.001), especialista en bioética, señalo que en las escuelas de medicina se enseña “que hay que pelear contra la muerte, que hay que vencerla siempre. Pero es mentira, a veces tienes que pactar con ella”.

En esa tónica, contra la voluntad del enfermo, se ejerció la medicina hasta que se estableció, que la autodeterminación del paciente era un derecho de éste, que el médico debía respetar, sopena de ser enjuiciado moral y legalmente. Recuérdese que el consentimiento informado primero fue un derecho legal del paciente, y que después se asumió como un principio moral de la medicina.

No obstante ese cambio radical en el ejercicio de la profesión médica, no se pueden adoptar posiciones extremas o radicales que caigan en el terreno de lo antiético. El respeto absoluto por la autodeterminación del paciente puede ser negativo. Si el médico acata de entrada la decisión de su paciente, a sabiendas de que ella va a ser más perjudicial que beneficiosa, está siendo deletéreamente complaciente, haciendo un flaco servicio a quien necesitó y confió en él. Entonces, cabría preguntarse; ¿cuántas veces, ha desistido de entrada el médico ante las negativas de su paciente?, o ¿es esa conducta del galeno un comportamiento bioético?. Definitivamente no lo es.

En esto coincide, Sánchez (1.999) quien considera que si el médico careciera siquiera de un asomo de paternalismo, dejaría de ser médico, en el sentido más noble y trascendente de la palabra: en el humanitario. No debe olvidarse que de ordinario el enfermo es un sujeto en inferioridad de condiciones físicas y anímicas, que requiere comprensión, orientación y apoyo. Al ofrecerle el médico su ayuda ya está comportándose paternalmente, lo cual no puede ser considerado como antiético.

Pero, por otro lado, ¿expresar en voz alta un argumento adverso frente a un paciente empecinado que ha decidido tomar un camino equivocado a la luz de la lógica, es lícito moralmente?. Para algunos no lo es, pues es una forma de paternalismo que, por lo tanto, va a coercer el derecho de autonomía del paciente. Para Ferrater,citado por Sánchez (1.999), sí lo es, “pues la censura es un juicio y no una prescripción”.

Para el autor de esta investigación este dilema ético se resuelve planteando la tesis de que la autonomía debe tutelarse mientras el paciente no haya tomado conciencia plena y libre de su decisión. Es así, que el médico además de informarle a su paciente lo relacionado con su salud, tiene el deber ineludible de orientarle o de aconsejarle siempre si, a la luz de la lógica científica, la determinación que ha tomado este último es equivocada, y además no está consciente de ello. Hacer recapacitar paternalmente a un enfermo empecinado, y no conciente de las consecuencias de su decisión original, de seguro que ha curado y salvado a muchos.

¿Pero en cual momento debe desistir un médico y respetar la decisión tomada por su paciente?. Cuando el paciente haya tomado conciencia plena y libre de su decisión, el médico más allá de sus buenas intenciones debe respetar la autonomía del enfermo. Sin embargo, hasta que ello no ocurra el médico debe persuadir a su paciente para que desista de una decisión que afecte en forma negativa su salud o ponga en peligro su vida. En todo caso, para hacer recapacitar a un paciente el médico no debe recurrir ni a métodos de coacción, ni de manipulación. Es deber del futuro galeno razonar con su paciente en términos que este entienda, y no debe presionarlo o manipularlo utilizando argucias científicas, o aprovechándose de forma deshonesta de sus amistades o de sus familiares para ello.

ACTITUD DE LOS ESTUDIANTES DEL VI AÑO DEL DECANATO DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “LISANDRO ALVARADO” HACIA LA ÉTICA

Por: HÉCTOR ALLÁN NÚÑEZ SOTELO

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